¿Quién es una persona apátrida?

Una persona apátrida es aquella que no es considerada nacional por ningún país.

¿Cuenta Panamá con un procedimiento para el reconocimiento del estatuto de la apátrida?

Sí, Panamá es signataria de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954 aprobada mediante Ley 28 de 30 de marzo de 2011, y reglamentada por el Decreto Ejecutivo No. 10 de 16 de enero de 2019 que establece el procedimiento para el reconocimiento de la condición de apátrida.

El procedimiento de reconocimiento de la condición de apátrida es totalmente GRATUITO y CONFIDENCIAL

¿Quién puede solicitar el reconocimiento de la condición de apátrida? Según el artículo No. 1 del Decreto Ejecutivo No. 10 de 16 de enero de 2019, toda persona tiene derecho a solicitar su reconocimiento como persona apátrida y recibir la protección de parte el Estado Panameño.

¿Quién es la autoridad competente para conocer las solicitudes de reconocimiento de la condición de apátrida?

El Ministerio de Relaciones Exteriores es la autoridad competente para recibir, tramitar y declarar, mediante resolución motivada, el reconocimiento de la condición de persona apátrida, así como la coordinación de las acciones necesarias con las otras instituciones y actores.

¿Cuáles son los derechos que confiere el Decreto Ejecutivo No. 10 de 16 de enero de 2019 a las personas apátridas?

1. El “no rechazo” en la frontera o puesto de entrada al país.

2. No sanción por ingreso al país de manera irregular

3. A no ser expulsado /a o devuelto/a a un territorio donde su vida o integridad física peligre.

4. A permanecer legalmente en el país bajo la condición de solicitante de la condición de apátrida o como apátrida reconocido.

5. Optar por la naturalización

6. Acceso a la educación, atención de salud, vivienda y trabajo.

7. Entre otros.

Si necesita más información puede ponerse en contacto con la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales y Tratados a los teléfonos 511-4228/4129/4235 correo electrónico: asuntosjuridicos@mire.gob.pa, con los licenciados Lidia Ramos Rodríguez, Leoncio Hernández o Yesagelis Calderón.