En el marco del Congreso Internacional de Derecho del Canal de Panamá, juristas, catedráticos y autoridades nacionales e internacionales se reunieron para analizar los pilares legales que sustentan la operación de la vía interoceánica: El Tratado de Neutralidad de 1977, el Título Constitucional y la Ley Orgánica de la institución.
Durante una de las sesiones del congreso, Adolfo Ahumada, asesor del ministerio de Relaciones Exteriores, figura histórica en la transición del Canal y exnegociador de los Tratados Torrijos-Carter, ofreció una perspectiva íntima sobre la creación de la Ley 19 de 1997, que dio carácter constitucional a la Autoridad del Canal de Panamá.
Ahumada recordó que la norma nació bajo la urgencia de asegurar una transferencia de administración ordenada, pacífica y «técnicamente imperceptible» para la comunidad internacional.
El jurista detalló cómo un equipo de seis abogados de diversas corrientes políticas -integrado por Richard Darling, Eduardo de Alba, Eligio Salas, Jorge Eduardo Ritter, Eloy Alfaro y el propio Ahumada- logró superar el escepticismo inicial durante sus reuniones de trabajo.
 El resultado fue una legislación pragmática diseñada para mantener a la entidad fuera de la burocracia tradicional y permitirle un «plan de vuelo» autónomo y rentable, destacó Ahumada.
El foro continúa sus sesiones abordando temas contemporáneos claves como la gobernanza, la sostenibilidad ambiental frente al cambio climático y el papel estratégico del Canal en el entorno global del siglo XXI.
De esta forma, el Canal refuerza su compromiso con la promoción del conocimiento, la transparencia y el diálogo especializado, convocando a actores clave para reflexionar sobre el marco jurídico de esa vía acuática.