TÍTULO DE TRATADOCONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS SICOTRÓPICAS
TIPO DE DOCUMENTO1
NUMERO DE GACETA OFICIAL Gaceta Oficial No. 22.429 de 9 de diciembre de 1993
FECHA DE ENTRADA EN VIGENCIA
MATERIA ESTUPEFACIENTES (SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS)
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APROBACIÓNAprobado mediante Ley No. 20 de 7 de diciembre de 1993
FECHA DE FIRMA20 diciembre, 1988
OBSERVACIONES

Hecha en Viena. Entró en vigencia el 11 de noviembre de 1990.
Nota: Se aprobó con la siguiente reserva: La República de Panamá no se siente obligada a extender las acciones de decomiso o de incautación dispuestas en los numerales 1 y 2 del Artículo 5 de la Convención a bienes equivalentes al valor del producto derivado de delitos tipificados en la presente Convención, en la medida en que tales acciones contravengan lo dispuesto en el artículo 30 de la Constitución Política de la República, que prohíbe la confirmación de bienes como pena.