Usuarios pueden realizar este trámite en los consulados de Washington, Nueva York, Miami, Houston en los Estados Unidos, y Madrid en España.

La Cancillería en conjunto con las Oficinas Consulares de Panamá en el Exterior pueden realizar la localización de panameños en el exterior, a través de las autoridades locales (policía, migración, hospitales, albergues, morgues, etc).

El Cónsul monitorea los casos de panameños detenidos en el país de su jurisdicción y visita los internos en las cárceles.

Los panameños que residen en el exterior y que no dispongan de recursos económicos, pueden solicitar al Consulado correspondiente, su retorno voluntario al país. El trámite se hace base a una evaluación socioeconómica del individuo en conjunto con el Servicio Nacional de Migración. http://www.migracion.gob.pa/

Un panameño puede solicitar al Consulado correspondiente la emisión o renovación de su pasaporte. Este trámite se realiza en conjunto con la Autoridad de Pasaportes de Panamá. http://apap.gob.pa

Documento que certifica la vida de un panameño residente en el exterior, como prueba para trámites de jubilados y pensionados de la Caja de Seguro Social.

http://apap.gob.pa/tramites/locales
www.css.gob.pa/constanciadefedevida.html

El Cónsul puede realizar matrimonios civiles en el Consulado según los requisitos del Registro Civil de Panamá.
www.tribunal-electoral.gob.pa/html/index.php?id=535

Los Consulados de Panamá cuentan con libros del Tribunal Electoral en los cuales se hacen actas de los siguientes trámites: los padres panameños pueden inscribir a sus hijos como

panameños nacidos en el exterior; los cónyuges pueden inscribir sus matrimonios en Panamá; e inscribir la defunción de un familiar panameño.

http://www.tribunal-electoral.gob.pa/html/index.php?id=615

El Cónsul puede autenticar la firma de documentos originales o copias certificadas por una notaría.

Mediante una solicitud, el Cónsul puede levantar documentos y poderes con su firma y sello y actuar como Notario Público.

Visas estampadas: El Cónsul puede estampar una visa si el portador cumple con los requisitos migratorios para entrar al país.
www.migracion.gob.pa

Visas Autorizadas: el Cónsul puede otorgar una visa al solicitante previa autorización del Servicio Nacional de Migración.
www.migracion.gob.pa

El Consulado procesa trámites de Marina Mercante tales como el registro de abanderamiento de naves y carnet de marinos.

www.amp.gob.pa