El Gobierno de la República de Panamá, por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores señala que en función de los compromisos libremente adquiridos con la reciente adhesión al Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (en adelante el Protocolo Facultativo), tiene la obligación de designar o crear un Mecanismo Nacional de Prevención contra la Tortura (en adelante el Mecanismo Nacional de Prevención). El Ministerio de Relaciones Exteriores señala que la República de Panamá se adhirió al Protocolo Facultativo, como parte de los compromisos adquiridos en el Examen Periódico Universal, ejercicio en el cual también se comprometió a crear una Comisión Nacional Permanente para dar seguimiento a los obligaciones y recomendaciones en materia humanitaria. Este último compromiso fue honrado mediante la publicación en Gaceta Oficial del Decreto Ejecutivo No. 390 de 23 de noviembre de 2011, por el cual se crea la Comisión Nacional Permanente. El Ministerio de Relaciones Exteriores manifiesta que convocará próximamente a la Comisión Nacional Permanente a fin de establecer una subcomisión que trabaje en la designación o creación del Mecanismo Nacional de Prevención, para lo cual ya ha cursado misivas a sus miembros. El Ministerio de Relaciones Exteriores finalmente reafirma el compromiso del Estado panameño con el cumplimiento de buena fe de sus obligaciones en materia del Derecho Internacional de los Derechos Humanos en lo general, y en lo particular del respeto a la norma imperativa de derecho internacional (jus cogens), que reconoce la prohibición absoluta de la tortura y el consecuente deber de prevenir, investigar y sancionar su comisión.