La Misión Permanente de Panamá ante la Organización Mundial de Comercio (OMC) expresó la inconformidad de nuestro país con las medidas unilaterales aplicadas recientemente por Venezuela ante el Consejo de Comercio de Mercancías (CCM) de esta organización con sede en Ginebra, Suiza.
Panamá considera que este tipo de medidas serían contrarias al espíritu y a las obligaciones específicas sobre los que se basa esta organización.
En la sesión participaron Zoraida Rodríguez, Representante Alterna de Panamá ante la OMC y Alexis Pineda, Director Nacional de Administración de Tratados Comerciales del Ministerio de Comercio e Industrias, quien hizo mención a que Venezuela ha promulgado la Ley de Precios Justos, con el fin de controlar los costos y márgenes máximos de ganancias para determinar precios en las transacciones sobre bienes y servicios. Entre los fines de la ley se establece el de “privilegiar la producción nacional de bienes y servicios”, es así que se podría eximir a algunos productos de los precios máximos que se establezcan.
La representación de Panamá también hizo referencia a la creación del Centro Nacional de Comercio Exterior (CENCOEX) y de la Corporación Venezolana de Comercio Exterior para el control y la reducción de las importaciones y el fomento de la industria nacional venezolana. Esta última sería una empresa estatal encargada de organizar y garantizar las importaciones en cuanto a calidad y precios, así como a centralizar y facilitar las exportaciones no petroleras. Hasta la fecha, Panamá no tiene conocimiento de que esta empresa haya sido notificada como una empresa comercializadora del Estado, lo cual contraviene el artículo XVII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT, por sus siglas en inglés).
A Panamá le preocupa que las autoridades venezolanas hayan suspendido las autorizaciones para la adquisición de divisas para consumo en el extranjero durante viajes y para el envío de remesas familiares cuyo destino sea Panamá. El Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Panamá, Francisco Álvarez de Soto, expresó su apoyo a estas declaraciones y manifestó que “el país tiene dudas de que este proceder tenga fundamento legal alguno, ni siquiera en derecho venezolano». El efecto de esta medida sería la restricción de los pagos u otras operaciones en Panamá que quieran efectuar venezolanos para la compra de mercancías con tarjetas de crédito.
Además, el Canciller panameño indicó que “Panamá considera que este cúmulo de medidas son contrarias a los principios que fundamentan esta institución y solicito a Venezuela que cumpla con los compromisos internacionales adoptados en los organismos internacionales».
Igualmente, la representación de Panamá consideró que estas medidas tienen un efecto restrictivo en el comercio de mercancías, de discriminación en contra de los productos importados y en contra de los productos procedentes de Panamá, contrario a lo dispuesto por el GATT.
Asimismo, indicó que “el Ministerio de Relaciones exteriores respalda las acciones del Ministerio de Comercio ante la Organización Mundial de Comercio para defender los intereses comerciales frente a las medidas del Gobierno venezolano”. “La Cancillería brindará todo el apoyo diplomático necesario al MICI, para hacer valer los derechos comerciales de Panamá”, añadió.
Por otra parte, Panamá planteó que «la Corporación Venezolana de Comercio Exterior es una empresa comercializadora del Estado y, dado el mandato establecido en su ley de creación, teme que el desempeño de sus funciones de conformidad con el GATT se pueda ver comprometido”.
En ese sentido, Panamá le solicito a la República Bolivariana de Venezuela que proporcione mayor información sobre estas medidas, su forma de operación y su fundamento legal.
Panamá para finalizar, dejó constancia ante este Comité de estas preocupaciones, las cuales afectan seriamente la aplicación de los acuerdos multilaterales sobre el comercio de mercancías. Panamá pone en conocimiento de los Miembros que está evaluando todas las opciones para abordar esta situación, incluyendo el recurso al procedimiento de solución de diferencias.