El Ministerio de Relaciones Exteriores convocó a una reunión a representantes de la Comisión Nacional Permanente para el Seguimiento de los Derechos Humanos y de la sociedad civil con la finalidad de realizar una consulta ciudadana sobre los protocolos de los Derechos del Niño y de la Niña que deben presentarse a finales de 2016. En esta reunión se analizaron los borradores de los documentos finales para recoger sugerencias y recomendaciones.

Max José López Cornejo, Director General de Organismos y Conferencias Internacionales, explicó que esta consulta ciudadana es un importante foro de diálogo abierto y transparente que realiza el Estado con todos los sectores de la sociedad, de cara a consensuar l el Protocolo Facultativo de la Convención de los Derechos del Niño relativo a la Venta de Niños, Prostitución Infantil y la Utilización de Niños en la Pornografía, y el Protocolo Relativo a la Participación de Niños en los Conflictos Armados.

Haciendo referencia al Protocolo Relativo a la Venta de Niños, Prostitución Infantil y la Utilización de Niños en la Pornografía, López Cornejo, detalló que establece que el Estado debe garantizar la sanción penal de estos delitos. Sobre este tema,  Panamá estableció la tipificación de los delitos descritos mediante la Ley 16 de 2004 que estipula además los lineamientos de una Política Nacional de Prevención y Erradicación, y creó la Comisión Nacional de Prevención de los Delitos de Explotación Sexual-CONAPREDES, de carácter interinstitucional y participativo, encargada de diseñar y articular las políticas de prevención y erradicación de la explotación sexual, y por último en el 2007 se realizaron modificaciones al Código Penal para endurecer las penas.

Guadalupe Rudy, Subdirectora General Encargada, agregó que el Protocolo Relativo a los Niños en Conflicto Armado hace referencia a la protección que el Estado debe garantizar a la niñez y adolescencia en las situaciones de Conflicto Armado y prevenir que sean reclutados por debajo de la edad mínima fuerzas oficiales o no oficiales. Abarca la tipificación de los delitos, el establecimiento de edad mínima para ser reclutado, programas de recuperación y campañas de sensibilización y programas de capacitación. En este respecto, con la salvedad que Panamá no tiene fuerzas armadas desde 1989, los estamentos de seguridad del país no aceptan a menores de edad. Además, si  bien Panamá no se encuentra en una situación de conflicto armado, presta mucha atención a esta área. Por ser lugar de tránsito es receptora de desplazados y solicitantes de refugio y niñez migrante no acompañada, quienes pueden estar en un contexto de haber sido reclutados por un grupo armado, en especial en la zona fronteriza con Colombia. También es receptora de niñez y adolescente proveniente de los países del triángulo norte que en algún momento pudieron haber sido reclutados por organizaciones armadas no gubernamentales, como lo son las pandillas.

En la reunión participaron por parte de la Sociedad Civil: RET Internacional; Red Nacional de Apoyo a la Niñez y Adolescencia en Panamá; Mesa de Análisis de Leyes y Políticas Públicas sobre Discapacidad; HIAS Panamá, Observatorio de los Derechos de la Niñez y la Adolescencia-ODENA, Terres de Hommes, Casa Esperanza, Aldeas Infantiles SOS, Sociedad Buen Pastor; Consejo Noruego para la atención de los refugiados,  Instituto de los Derechos de la Mujer y la Infancia-IDEMI, del sector público: los Ministerios de: Relaciones Exteriores, de Trabajo y Desarrollo Laboral, de Seguridad, de Gobierno, Público, de Presidencia, de Desarrollo Social y de Economía y Finanzas, Dirección Nacional de Registro Civil; Asamblea Nacional; Ministerio de la Presidencia; SENNIAF; SENADIS y la Secretaría de la Etnia Negra.