Gracias a la recién reglamentación de la Ley 29 de 30 de marzo de 2011, mediante la cual se aprueba la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954, Panamá entró a liderar junto a otros países de América, como Costa Rica que ya cuenta con su reglamentación desde el año 2016, la iniciativa de Naciones Unidas que busca acabar con los casos de apatridia y convertir al continente Americano en el primer continente del mundo libre de apatridia, meta que se ha fijado para el 2024, enmarcado en la Declaración de Brasil y el Plan de Acción Mundial para Acabar con la Apatridia.
El Decreto Ejecutivo N° 10 de 16 de enero de 2019 publicado en Gaceta Oficial 28696-A que reglamenta la Ley 29 de 2011, salda una deuda de siete años que tenía el país, el cual a pesar de haber aprobado la Ley en el 2011, la misma no había podido ser implementada por no haber un procedimiento ni autoridad competente designada que regulara el cómo y dónde se debía analizar si una persona se encuentra en condición de apátrida o no. Esta reglamentación se logró gracias a un proceso interinstitucional liderado por la Cancillería, en conjunto con instituciones como el Registro Civil del Tribunal Electoral, SENNIAF, Defensoría del Pueblo, MITRADEL, MIDES, y ONPAR, con la asesoría de Naciones Unidas a través del ACNUR.
De acuerdo a la Convención, una persona apátrida es aquella que no es considerada como nacional suya por ningún Estado, conforme a su legislación. Los derechos al nombre y una nacionalidad están contenidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, por ello todo niño o niña debe ser registrado inmediatamente después de su nacimiento ya que el carecer de un nombre y una nacionalidad impide a una persona de gozar de sus derechos más básicos, pues prácticamente es como si no existiera legalmente.
La nacionalidad normalmente se adquiere al ser registrado por nacer en un territorio (ius soli), o por la nacionalidad de los padres (ius sanguini). En el continente americano son pocas las situaciones de apatridia en comparación con otras regiones del mundo, puesto que la mayoría de los países reconocen ampliamente el ius soli y el ius sanguini, y los registros civiles suelen funcionar de manera adecuada. Sin embargo, las áreas rurales de difícil acceso a oficinas de registro civil o las áreas fronterizas, suelen presentar riesgos para dejar a una persona en situación de apatridia.
En Panamá, los indígenas Ngöbes que habitan en zonas rurales y migran todos los años a Costa Rica para la recolecta del café, presentaban la situación de falta de registros de los nacimientos. En este caso, ambos países cooperaron en jornadas de registros en zonas de difícil acceso y en zonas cafeteras, previniendo que muchos niños llegasen a estar en una situación de apatridia.
Este año se llevará a cabo la Reunión Mundial de Alto Nivel sobre Apatridia, en donde se evaluaran los esfuerzos de los países para acabar con la Apatridia. En la actualidad hay un estimado de 10 millones de personas en el mundo que no cuentan con una nacionalidad, según las cifras de Naciones Unidas.